Negocios que no expidan factura por sus servicios o la venta de un producto pueden hacerse acreedores a multas por parte de la autoridad fiscal, advirtió Sandra Leticia Pérez del Valle, titular del Servicio de Administración Tributaria.
Invitó a contribuyentes a que si se encuentran con esta situación denuncien al SAT a través de la páginaweb www.sat.gob.mx, en donde sí se han recibido algunas denuncias.
Recordó que para solicitar la facturación no hay un mínimo en el monto y en caso de que no se dé, se debe expedir una nota de venta.
“Esto es muy importante que lo recuerden los contribuyentes, si no hay factura pueden pedir su nota de venta, y no es la de remisión que se puede obtener en las papelerías, es una nota de venta que debe incluir el nombre, domicilio, lugar y fecha de expedición, así como el total de la venta del servicio en número y letra o el tiraje de lo que es la impresión fiscal”, apuntó.
Estableció que cuando algún negocio condiciona la facturación por cierto monto hay que denunciar, pues el Código Fiscal no marca que se pueda expedir factura por determinada cantidad.
“Uno puede solicitar su factura por el monto que sea, no hay ningún problema”, remarcó.
Si no es factura, insistió, se debe entregar un comprobante sencillo, pero los establecimientos los tienen que expedir, y no las notitas sencillas de remisión.
“Una nota simple no sirve para efectos fiscales, pero sí como comprobante de una transacción ante la autoridad, como Profeso, que tuviste un servicio o acto con esa persona, por eso es importante”, destacó.
Comentó que cuando se presenta alguna inconformidad con el servicio y se acude a Profeco siempre se pide el comprobante, de lo contrario cómo se va a constar que se tuvo un servicio.
cdepyme.com Fuente:
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